Del Face al FEL – Una Transformación Tributaria
Desde 2019, Guatemala ha estado en proceso de migración desde el modelo de Factura Electrónica (FACE), implementado en 2011, hacia el moderno Régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL). Este cambio se rige por el Acuerdo de Directorio de la SAT número 13-2018 y sus reformas, y culminará el 1 de julio de 2023, cuando el régimen FEL sea la única opción autorizada para la emisión de documentos tributarios para nuevos contribuyentes.
Documentos Tributarios Electrónicos (DTE’s): Clasificación y Cambios
Los DTE’s son documentos electrónicos que respaldan transacciones comerciales en Guatemala. La versión 1.7.7 del FEL trae cambios relevantes en este aspecto:
Principales Cambios en la Versión 1.7.7:
- Modificación de frases de exento o no afecto al IVA en DTEs: Esto afecta a DTEs de tipo RDON, RECI, FACT y FCAM.
- Nuevo “Complemento de Organizaciones Políticas” en DTEs: Aplica a “personerías”, es decir, 734 partidos políticos y 2719 comités cívicos. Este complemento incluye datos como el tipo de aporte y la declaración de procedencia del aporte a texto libre, entre otros.
- Introducción de “Nota de Envío (NENV)” y su complemento de Traslado de Mercancías: Este DTE contiene datos cruciales sobre envíos, como el ID del transportista, tipo de documento, placa oficial del vehículo de transporte, NIT o CUI del consignatario, dirección de destino y motivo.
- Añadido “Recibo de Anticipo (RANT)”: Este documento respalda los pagos anticipados en operaciones comerciales sin reemplazar la emisión del Documento Tributario Electrónico.
Formato y Requisitos para Facturadores Electrónicos:
- Todos los DTE’s deben ser emitidos en ficheros estructurados en formato XML.
- Los contribuyentes obligados al sistema FEL incluyen a los Contribuyentes Especiales, Grandes Contribuyentes Regionales, Proveedores del Estado y aquellos que utilizan la Factura Electrónica FACE.
Cómo Funcionará la Factura Electrónica en Guatemala:
- Los emisores generarán un archivo que será transformado por el certificador al formato estructurado.
- El certificador verifica que se aplican las reglas y validaciones vigentes en el Régimen FEL y aplica la firma electrónica avanzada, generando un Código de Autorización Electrónico.
- Cada DTE debe ser remitido a la SAT y al emisor de inmediato.
- La SAT realiza las validaciones necesarias para verificar que el documento cumple con las reglas y características que garantizan su autenticidad, integridad y cumplimiento legal.
- La SAT emite un acuse de recibo al Certificador, ya sea aceptando o rechazando el documento.
- El DTE se entrega al receptor en formato XML, representación gráfica o PDF.
- Emisores y receptores deben conservar los archivos XML de los DTE certificados según lo establecido en el Código Tributario, mientras que los certificadores deben hacer lo propio con los DTE certificados y los acuses de recibo enviados a la SAT.
La versión 1.7.7 del Régimen de Factura Electrónica en Línea representa un paso más hacia la modernización de la fiscalización tributaria en Guatemala, simplificando procesos y mejorando la transparencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.