CFDI 4.0

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Vamos a platicar acerca de algunos por menores que se están dando por parte de algunos Proveedores Autorizados de Certificación, estos comentarios tienen que ser analizados y vistos desde la óptica ya no fiscal 100%, sino desde la óptica de informática fiscal.

CFDI anexo 20 versión 4.0

  • Se deberá especificar cuando se trate de una exportación e incorporar de manera obligatoria el complemento de comercio exterior.
  • Se agrega una sección para especificar la periodicidad (mes/meses y ejercicio) de la factura global emitida.
  • Se podrá especificar más de un tipo de relación en un mismo comprobante (se puede repetir el nodo de CFDIRelacionados).
  • El nombre/razón social del emisor pasa de ser opcional a obligatorio
  • El nombre/razón social, el domicilio (código postal) y régimen fiscal del receptor serán obligatorios.
  • Cuando se facture una operación a través del adquirente se deberá especificar en el CFDI esta situación.
  • Se actualiza el catálogo de UsoCFDI especificando el tipo de régimen al que corresponde el uso del CFDI
  • Se especificará si la operación es objeto de impuesto o no.
  • Se elimina el complemento PorCuentadeTerceros, la información correspondiente se ingresará en el nuevo subnodo “ACuentaTerceros” el cual forma parte del elemento “Conceptos”.

CFDI que ampara retenciones e información de pagos versión 2.0

  • La fecha de expedición deberá expresarse en el formato: AAAA-MM-DDThh:mm:ss
  • El lugar de expedición deberá señalarse conforme al catálogo de códigos postales.
  • Se agrega el nodo “CfdiRelacionados” para señalar si existe relación con CFDI previos (tipo de relación y UUID); la relación es a 1.
  • Se vuelve requerido el nombre/razón social del emisor.
  • Se vuelve requerido el régimen fiscal del emisor.
  • Se elimina la CURP del emisor.
  • Se vuelve requerido el nombre/razón social del receptor.
  • Se agrega como requerido el código postal del domicilio fiscal del receptor.
  • Se agrega el campo UtilidadBimestral para expresar el monto de la utilidad bimestral.
  • Se agrega el campo ISRCorrespondiente para expresar el monto del ISR correspondiente al bimestre.

Complemento para recepción de pagos versión 2.0

  • En el nodo DoctoRelacionado se agrega el campo “ObjetoImp” para expresar si el pago es objeto o no de impuestos.
  • En caso de tratarse de una operación objeto de impuestos, de forma obligatoria se deberá realizar el desglose de éstos.
  • Se agrega el elemento de totales de impuestos (a expresar en MXN):
  • TotalRetencionesIVA
  • TotalRetencionesISR
  • TotalRetencionesIEPS
  • TotalTrasladosBaseIVA16
  • TotalTrasladosImpuestoIVA16
  • TotalTrasladosBaseIVA8
  • TotalTrasladosImpuestoIVA8
  • TotalTrasladosBaseIVA0
  • TotalTrasladosImpuestoIVA0
  • TotalTrasladosBaseIVAExento

o Se agrega el campo MontoTotalPagos para expresar el total de los pagos que se desprenden de los nodos “Pago”.

o Se elimina el campo “MetodoDePagoDR”.

o Se vuelven requeridos los campos: NumParcialidad, ImpSaldoAnt e ImpSaldoInsoluto.

o El campo “TipoCambioDR” cambia de nombre a “EquivalenciaDR”.

o La sección “ImpuestosP” se adiciona para detallar los impuestos por cada documento relacionado, la cual consta de las subsecciones para retenciones y traslados con sus correspondientes atributos conforme a lo siguiente:

§ RetencionesP (elemento):

o BaseP

o ImpuestoP

o TipoFactorP

o TasaOCuotaP

o ImporteP

o TrasladosP (elemento):

o BaseP

o ImpuestoP

o TipoFactorP

o TasaOCuotaP

o ImporteP

Esquema de cancelaciones

  • Se deberá especificar el motivo de la cancelación conforme a catálogo.
  • En caso de subsistir la operación deberá especificarse el UUID que está reemplazando al cancelado.
  • Únicamente se podrá cancelar un CFDI en el mismo ejercicio en que se haya emitido.

Este esquema de cancelación será aplicable tanto para las versiones que entrarán en vigor el 1º de Enero 2022 (CFDI v.4.0.; CRP v.2.0.; Retenciones v.2.0) incluyendo CFDI v.3.3.; CRP v.1.0. y Retenciones 1.0.

Los cambios mencionados implican la adición de campos y nodos, naturalmente ello implica la realización de varias validaciones en nuestra calidad de PCCFDI. La documentación técnica aún no es liberada por el SAT, por lo que es importante estar pendiente de su publicación.

La plataforma de facturación electrónica de Prospectiva ya está realizando los procesos de adaptación de sus clientes para poder cumplir con la nueva normativa. A través del servicio de nuestros servicios podrá emitir y recibir todos sus CFDI’s de forma electrónica e integrada con cualquiera de sus socios comerciales. Contacte con nuestro equipo comercial sin compromiso para más información.

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