Hacienda actualiza la lista de servicios digitales transfronterizos sujetos al IVA

El Ministerio de Hacienda de Costa Rica, por medio de la Dirección General de Tributación, publicó una lista actualizada de servicios digitales transfronterizos sujetos al 13 % del impuesto al valor agregado. La lista puede consultarse en el sitio OVI TribuCR, dentro de la sección de listas de interés.

Vigencia y percepción del impuesto

  • La medida rige a partir del 8 de setiembre de 2026.
  • La tarifa aplicable es del 13 % del impuesto al valor agregado.
  • La percepción del impuesto la realizan directamente las empresas emisoras de tarjetas.
  • La lista comprende servicios digitales transfronterizos sujetos al impuesto.

Revisión para empresas y usuarios

Los usuarios pueden ver reflejado el impuesto en los pagos realizados con tarjeta por servicios incluidos en la lista. Las empresas deben revisar sus suscripciones, herramientas en la nube y demás servicios digitales contratados con proveedores del exterior. Las áreas financieras y contables deben identificar los cargos alcanzados y validar su tratamiento en conciliaciones y registros internos. La revisión también ayuda a presupuestar el efecto del impuesto en los gastos recurrentes.

Control de servicios contratados

Las organizaciones deberían conservar la evidencia de los servicios revisados y verificar periódicamente la lista oficial. Esto permite actualizar presupuestos, controles de tarjetas corporativas y procedimientos de contabilización cuando cambie el alcance de los servicios sujetos al impuesto.

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