El 23 de abril del presente año fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación reformas efectuadas a las siguientes leyes: Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del INFONAVIT, Código Fiscal de la Federación, Ley del ISR, Ley del IVA y demás relativos en materia de subcontratación las cuales, entraron en vigor al día siguiente de su publicación.
¿Qué cambios comprenden estas reformas?
En México es muy común que los grupos estructuren sus actividades con la incorporación de dos entidades legales; una que se dedique a la operación del negocio y la otra que ejecute los servicios relacionados a dicha operación insourcing.
Esta última al ser la que cuenta con la relación laboral con los empleados será la entidad sujeta a determinar y pagar PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades).
Así mismo aquellas empresas que tienen contratado a su personal bajo una empresa de OUTSOURCING, tienen como fecha límite para la SUSTITUCIÓN PATRONAL el día 1ro de agosto 2021.
¿Cómo se debe realizar la Sustitución Patronal?
Es necesario que cumplan con las nuevas disposiciones, particularmente a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo a efecto de obtener el registro en el Padrón de Servicios Especializados a ser establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con base en los lineamientos generales que estamos a la espera de que sean publicados por dicha Secretaría.
Para obtener el registro deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
Las personas físicas o morales que obtengan el registro a que se refiere este artículo quedarán inscritas en un padrón, que deberá ser público y estar disponible en un portal de Internet.
¡No incumplas con la legislación vigente!
El no contar con dicho registro te hace acreedor a multas que ascienden desde los $179,000.°° hasta los $4,400,000.°° en Prospectiva, nuestros expertos en SAP están para ayudarte a resolver dudas y facilitar este proceso.
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