Postergación del uso obligatorio del SIRE y suspensión de pagos a cuenta
La SUNAT ha emitido resoluciones que modifican el calendario de obligatoriedad para el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) y establecen facilidades para la suspensión de pagos del Impuesto a la Renta de trabajadores independientes.
La administración tributaria peruana ha flexibilizado los plazos de adopción de sus nuevos sistemas de registros electrónicos, otorgando un margen de adaptación adicional a los contribuyentes. Paralelamente, se han actualizado los montos de referencia para aliviar la carga tributaria de los trabajadores independientes de menores ingresos durante el año fiscal en curso.
Detalles principales:
- Postergación del SIRE:
- Norma: Resolución de Superintendencia No. 0000392-2025/SUNAT.
- Nuevo plazo: La obligatoriedad de llevar el Registro de Ventas e Ingresos Electrónicos (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) a través del SIRE se traslada hasta junio de 2026.
- Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría:
- Los trabajadores independientes con ingresos anuales proyectados de hasta S/ 48,125 podrán solicitar la suspensión del pago del Impuesto a la Renta durante todo el año 2026.
- El trámite se encuentra habilitado y simplificado a través de la plataforma SUNAT Operaciones en Línea.
La prórroga del SIRE representa un respiro operativo significativo para las empresas que aún no han completado la integración de sus sistemas contables con la plataforma de la SUNAT, permitiéndoles continuar con sus métodos actuales de registro hasta mediados de año. Por otro lado, la facilidad para suspender pagos a cuenta beneficia directamente el flujo de caja de los trabajadores independientes de ingresos medios y bajos, eliminando descuentos tributarios innecesarios cuando no se proyecta superar el umbral imponible anual.



