Actualizaciones Importantes del Servicio de Rentas Internas de Ecuador

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Nuevas Regulaciones para Grandes Contribuyentes

SRI INFORMA SOBRE LA DECLARACIÓN Y PAGO DE AUTORRETENCIONES DE GRANDES CONTRIBUYENTES

Desde agosto de 2024, Grandes Contribuyentes deben adherirse a nuevas disposiciones para la declaración y pago de autorretenciones, según la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000030 del 07 de agosto de 2024. Es mandatorio usar el “Formulario de Pago de Anticipo Mínimo de Impuesto a la Renta y Autorretenciones de Grandes Contribuyentes”, utilizando el código de impuesto 1076.

En ausencia de ingresos gravados sujetos a autorretención durante uno o varios períodos, es obligatorio presentar las declaraciones en cero dentro de los plazos establecidos. También se permite la compensación de autorretenciones mediante notas de crédito del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

Revise la Resolución completa aquí para garantizar el cumplimiento y evitar sanciones.

Modificaciones al Régimen Simplificado RIMPE

RESOLUCIÓN DEL SRI ESTABLECE CONDICIONES CLARAS PARA EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO RIMPE

El SRI ha emitido la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000027, que estipula nuevas reglas para el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE). Entre los cambios, se establecen procedimientos claros para la transición entre emprendedores y negocios populares, y se especifican los deberes formales.

Exclusiones:

  • Servicios profesionales que requieren título de tercer nivel.
  • Actividades de comisión.
  • Rentas de capital en municipios sin procesos productivos o servicios.
  • Trabajo en relación de dependencia.

Los sujetos del RIMPE deben llevar un registro de ingresos y gastos, emitir comprobantes de venta electrónicos, y las declaraciones del IVA serán semestrales. Las declaraciones del Impuesto a la Renta deben realizarse anualmente con fechas específicas según el tipo de sujeto y régimen.

Acceda a la Resolución aquí para más detalles y asegure su cumplimiento.

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