Nueva actualización del SAT para complementos de recepción de pago 2.0, vigente a partir del 07 de enero 2023.

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La Autoridad por medio de su Portal de Internet publica la Revisión A del Complemento de Recepción de Pagos 2.0., vigente a partir del 07 de enero 2023.

  • Se amplió la longitud del campo EquivalenciaDR, para permitir el registro de hasta 10 decimales.
  • Se establece que el Valor Mínimo Incluyente es “0.0000000001” y la Posición Decimales es “10”.
  • Se realizaron algunas precisiones en la aplicación de la validación adicional para el atributo Monto.
  • Cuando la moneda registrada en el Documento Relacionado sea igual a la del Pago, la suma de los valores registrados en el nodo DoctoRelacionado, atributo ImpPagado, debe ser menor o igual que el valor del atributo Monto. Al ser mismas monedas, no se calculan los márgenes de variación (límites inferior y superior) por efecto de redondeo.  
  • Cuando la moneda registrada en el Documento Relacionado sea diferente a la del Pago, primero se debe calcular el margen de variación, es decir, el cálculo de los limites inferior y superior de cada importe pagado y posteriormente convertir los importes pagados (dividiendo ImpPagado/EquivalenciaDR) de cada Documento Relacionado a la moneda de pago, seguido de esto validar que la suma de los valores registrados en el nodo DoctoRelacionado, atributo ImpPagado, debe ser menor o igual que el valor del atributo Monto.
  • Se debe registrar el atributo EquivalenciaDR hasta la cantidad de 10 decimales, en caso de que sean más decimales se deberá de redondear a 10; en caso de que sean menos, se deben registrar los obtenidos sin agregar ceros a la derecha.
  • El resultado de la suma de los atributos ImpPagado convertidos a la moneda del pago se deberá truncar a los decimales que soporte la moneda.
  • La fórmula para el cálculo de los límites solo aplica para operaciones con diferentes divisas.
  • El límite inferior se debe truncar y el límite superior se deberá redondear al número de decimales que soporte la moneda.
  • Los lmites superior e inferior se calculan de forma individual; en caso de ser más de un documento relacionado no se deberán sumar.
  • El valor de Monto debe ser mayor a “0”.

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