ARCA extiende fecha límite hasta el 1° de agosto para ciertos contribuyentes
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha establecido una prórroga excepcional para la presentación de obligaciones impositivas cuyo vencimiento original era el 30 de julio de 2025. Esta extensión aplica únicamente para personas o empresas con CUIT terminados en 7, 8 y 9, permitiendo que cumplan con sus obligaciones fiscales hasta el 1° de agosto de 2025, inclusive.
Esta medida será oficializada próximamente en el Boletín Oficial y responde a la situación de ciertos contribuyentes que enfrentaron problemas técnicos con los sistemas informáticos de ARCA el día anterior, lo cual pudo impedir la presentación oportuna de sus declaraciones.
Obligaciones sujetas a la prórroga
Los tipos de obligaciones que podrán presentarse hasta el 1° de agosto incluyen, entre otras:
- Fideicomisos financieros y no financieros
- Participaciones societarias
- Manifestación de capacidad contributiva
Esta extensión busca garantizar que los contribuyentes afectados por dificultades técnicas puedan cumplir con sus responsabilidades fiscales sin incurrir en sanciones o multas por presentaciones tardías.
ARCA reafirma su compromiso con la facilitación del cumplimiento tributario y la atención a las circunstancias excepcionales que afectan a los contribuyentes, promoviendo así la formalidad y la colaboración fiscal.
Para más información, consulta el comunicado oficial: ARCA – Nueva prórroga obligaciones