Contexto
La Dirección General de Tributación, en conjunto con el Instituto Costarricense sobre Drogas y el Banco Central de Costa Rica, ha comunicado las obligaciones referentes al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) para el año 2026. Según las directrices estatales, es mandatorio presentar esta declaración ordinaria en los canales digitales establecidos, teniendo como plazo máximo el 30 de abril de 2026.
Sujetos obligados a presentar el RTBF
El Ministerio de Hacienda ha categorizado a las personas que ostentan la responsabilidad directa de cumplimentar y enviar esta declaración de transparencia, basándose en la naturaleza jurídica de la entidad a representar:
- El representante legal, para el caso de personas jurídicas constituidas.
- El fiduciario o administrador con función similar, para fideicomisos y equivalentes.
- Quien ejerza poderes de representación o facultades administrativas sobre recursos de terceros.
- El representante debidamente facultado de organizaciones sin fines de lucro.
- La figura de representación legal o legitimada para cooperativas y asociaciones solidaristas, posterior a su inscripción en Central Directo.
Procedimiento operativo y consideraciones
En aquellos escenarios en que los obligados tributarios requieran delegar esta presentación oficial a un tercero, se exige normativamente el otorgamiento de un poder generalísimo debidamente constituido. La ejecución de este deber ciudadano e institucional se debe canalizar exclusivamente mediante el portal oficial administrado por el Banco Central de Costa Rica en la plataforma web de Central Directo. La omisión o presentación tardía de esta declaración de transparencia conlleva implicaciones legales y administrativas. El cumplimiento diligente fomenta el combate a la legitimación de capitales, fortaleciendo el ecosistema de control hacendario en el país.



