Contexto
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria de Perú ha dado inicio a un operativo de fiscalización de gran escala y precisión digital que marca un hito histórico en la lucha contra la evasión fiscal y el fraude corporativo en el país. Recientemente, el organismo ha hecho pública una lista exhaustiva y detallada de 78 empresas que han sido debidamente designadas como Sujetos sin Capacidad Operativa. Esta medida técnica y legal responde directamente a la implementación rigurosa del Decreto Legislativo 1532, una normativa que dota a la SUNAT de facultades extraordinarias para identificar, calificar y neutralizar a aquellas organizaciones que se dedican a la emisión masiva de facturas sin contar con los recursos mínimos necesarios para acreditar las operaciones que declaran. El fenómeno de la comercialización de facturas emitidas por las denominadas empresas de fachada o de maletín ha sido, lamentablemente, una de las mayores vulnerabilidades del sistema recaudatorio en Perú. Estas entidades, que operan sin oficinas físicas reales, sin personal debidamente registrado ante la seguridad social y careciendo de activos fijos operativos, se han especializado en la venta de comprobantes de pago fraudulentos. El objetivo de este mercado negro es permitir que terceras empresas, a menudo operativamente legítimas, deduzcan gastos inexistentes y reduzcan de forma artificial y delictiva su obligación tributaria tanto en el Impuesto General a las Ventas como en el Impuesto a la Renta. El impacto económico cuantificado por la SUNAT en este operativo reciente es verdaderamente masivo, alcanzando cifras que superan los tres mil millones de soles en facturas bajo sospecha fundada. Este inmenso volumen de operaciones simuladas no solo socava de manera grave las arcas fiscales destinadas a servicios públicos, sino que genera una distorsión de mercado y una competencia desleal intolerable contra aquellas empresas peruanas que cumplen con sus obligaciones, invierten en infraestructura real y generan empleo formal. La acción contundente de la SUNAT busca limpiar el ecosistema comercial y garantizar que el sistema tributario sea un fiel reflejo de la actividad económica ética y productiva de la nación.
Detalles principales
- Identificación sistemática y publicación oficial de la primera lista de 78 empresas calificadas legalmente como Sujetos sin Capacidad Operativa bajo el DL 1532.
- Detección fehaciente de un monto superior a los 3,195 millones de soles en comprobantes de pago emitidos por estas entidades que carecen de sustento operativo real.
- Inicio de procesos de notificación masiva a más de 57,000 clientes activos que han recibido o han pretendido utilizar los servicios de estas empresas ahora proscritas tributariamente.
- Consecuencia jurídica inmediata de la calificación como SSCO: todas las facturas emitidas pierden automáticamente su validez para sustentar crédito fiscal del IGV.
- Impedimento total para que los adquirentes utilicen dichos comprobantes como costo o gasto deducible para efectos del cálculo anual del Impuesto a la Renta empresarial.
- Obligación perentoria para los contribuyentes que utilizaron estas facturas de rectificar sus autoculaciones y abonar el tributo omitido, más recargos legales.
- El operativo se fundamenta en el uso de minería de datos avanzada para cruzar información de planillas de trabajadores, activos reportados e importaciones de bienes.
- Mantenimiento de una lista pública actualizada de consulta obligatoria para que los empresarios de buena fe puedan verificar la idoneidad tributaria de sus proveedores.
- Implementación de un proceso de apelación administrativa para las empresas calificadas, donde deben demostrar fehacientemente que poseen la infraestructura para operar.
- Lanzamiento de campañas de educación tributaria enfocadas a advertir sobre los riesgos de participar en redes de compra y venta de facturas fraudulentas.
Implicaciones o efectos
Para las 57,000 empresas y contribuyentes individuales que figuran como clientes de estas entidades de fachada, las implicaciones financieras son de naturaleza demoledora e inmediata. Al invalidarse de plano las facturas recibidas, estos contribuyentes se ven obligados por ley a reintegrar al fisco los montos de IGV que utilizaron indebidamente como crédito fiscal, además de recalcular sus utilidades y pagar el correspondiente Impuesto a la Renta. Esta situación suele desencadenar crisis de liquidez agudas y no planificadas, ya que la deuda tributaria resultante suele incluir intereses moratorios diarios que se han acumulado desde el momento de la supuesta operación comercial, junto con multas pecuniarias que pueden ascender hasta el 50 por ciento del tributo que se intentó omitir. Desde una perspectiva legal y de cumplimiento corporativo, la participación en este tipo de redes acarrea riesgos que trascienden lo económico. Formar parte de la base de datos de clientes de una empresa sin capacidad operativa coloca de inmediato a la organización bajo una lupa de vigilancia permanente y estricta por parte de la SUNAT. En escenarios donde la adquisición de facturas sea recurrente o involucre montos patrimoniales elevados, la autoridad tributaria está facultada para elevar el expediente a la esfera penal ante el Ministerio Público bajo cargos presuntos de defraudación tributaria o lavado de activos, delitos que conllevan penas de privación de la libertad en el ordenamiento jurídico peruano. Finalmente, este nuevo paradigma de fiscalización digital obliga a una redefinición urgente de los procesos de auditoría y debida diligencia en el sector privado del Perú. Ya no resulta suficiente con verificar que una factura haya sido timbrada electrónicamente por el sistema oficial; ahora las empresas deben implementar protocolos para validar que sus proveedores posean la solvencia técnica, logística y humana real para ejecutar los servicios contratados. Aunque esto supone un incremento en los costos administrativos de gestión y control, a largo plazo garantiza la sostenibilidad del negocio y protege la reputación institucional. La SUNAT continuará utilizando este mecanismo de "listas negras" como una de sus herramientas más eficaces de disuasión y saneamiento del mercado local.



