Si eres parte del régimen RIMPE Negocio Popular, hay información clave que debes conocer para cumplir con tus obligaciones fiscales. Aquí te lo explicamos todo de forma clara:

Comprobantes de Venta
Los contribuyentes que se consideran negocios populares bajo el régimen RIMPE emitirán notas de venta de acuerdo con la normativa vigente. Sin embargo, es importante tener en cuenta lo siguiente:
- Cuando dejen de tener la consideración de “negocios populares”, no podrán emitir notas de venta y deberán dar de baja aquellas cuya autorización esté vigente.
- Si realizan actividades económicas que no están sujetas al RIMPE, deberán emitir facturas exclusivamente para estas transacciones.
- Mientras se realizan las implementaciones tecnológicas necesarias, debes considerar lo siguiente:
- Si ya tenías facturas autorizadas y vigentes al incorporarte al RIMPE, puedes continuar emitiéndolas. Sin embargo, debes incluir la leyenda “Contribuyente Negocio Popular – Régimen RIMPE” de forma manual, mediante sello u otra forma de impresión. En estos casos, no debes desglosar el IVA ni sustentar crédito tributario para el comprador.
- Si tenías notas de venta autorizadas y vigentes al unirte al RIMPE, puedes seguir emitiéndolas. Debes incorporar la misma leyenda manualmente.
- Si eres un nuevo contribuyente y eres catalogado como negocio popular, debes informar al establecimiento gráfico autorizado por el SRI para que incluyan la leyenda “Contribuyente Negocio Popular – Régimen RIMPE” en tus comprobantes de venta autorizados. El establecimiento gráfico puede verificar esta condición en el listado referencial publicado en el portal web institucional. Si no apareces en el listado referencial, debes agregar la leyenda mediante sello u otra forma de impresión una vez que conste en el mismo.
Cumplir con estas pautas es esencial para mantener la conformidad con el régimen RIMPE y cumplir con tus obligaciones tributarias de manera adecuada.