La Dirección General de Tributación (DGT) ha emitido la Resolución MH-DGT-RES-000-2025, la cual establece nuevas disposiciones respecto a la Declaración Informativa en materia de precios de transferencia.
¿Qué establece la resolución?
La resolución se fundamenta en diversas normativas del Código Tributario de Costa Rica y la Ley del Impuesto sobre la Renta, estableciendo que:
- Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, deben proporcionar información relevante a la Administración Tributaria sobre sus relaciones económicas, financieras y profesionales.
- Las declaraciones se deben presentar en los formularios oficiales aprobados por la Administración Tributaria, conforme al artículo 122 del Código Tributario.
- Las operaciones entre partes vinculadas deben valorarse bajo el principio de libre competencia, asegurando que los precios y montos sean los mismos que se pactarían entre entidades independientes en condiciones comparables.
- La Administración Tributaria tiene la facultad de comprobar y ajustar las operaciones cuando determine que no cumplen con lo estipulado en la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Código Tributario.
Importancia del cumplimiento de esta obligación
Esta resolución refuerza el control tributario y la transparencia en las operaciones de precios de transferencia, asegurando que las empresas reporten de manera correcta sus ingresos, costos y deducciones para efectos fiscales.
Las empresas y contribuyentes sujetos a esta normativa deben asegurarse de cumplir con la presentación de la Declaración Informativa en los plazos y formatos indicados por la DGT.
Para más detalles, se recomienda consultar la resolución oficial de la Dirección General de Tributación.