Desde 2014 la autoridad fiscal puede publicar el nombre, razón social y RFC de aquellos contribuyentes que cuentan con irregularidades en su situación fiscal. Estas listas negras se basan en los artículos 69 y 69 B del C.F.F.
Artículo 69
Este articulo contempla la publicación de los contribuyentes que cuenten con:
> Créditos fiscales
> Créditos exigibles o no pagados
> Créditos fiscales cancelados
> Créditos condonados
> Alguna sentencia
> No sean localizables
Consulta la relación de contribuyentes incumplidos y condonados.
Articulo 69 B
Define quienes se presume que realizan operaciones inexistentes.
Consulta la relación de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes.
El SAT utiliza estas listas para identificar a los contribuyentes EFO (empresas que facturan operaciones simuladas) para que sus clientes tengan cuidado debido a que cualquier operación realizada con estos contribuyentes, será motivo de duda y se le considerara como EDO (empresa que deduce operaciones simuladas). Si se lleva a cabo cualquier operación con ellos, se tendrá que demostrar ante la autoridad que efectivamente se le brindo un bien o servicio, por eso es de suma importancia saber antes de recibir una factura si viene de un (EFO).
Esto es parte de nuestra solución de recepción de CFDI y que independientemente de los controles internos y tener sustentos de los servicios o bienes adquiridos, se tendrá que demostrar con una serie de procedimientos que el SAT define.