{"id":12156,"date":"2023-05-30T12:57:50","date_gmt":"2023-05-30T18:57:50","guid":{"rendered":"https:\/\/www.prospectiva.com.mx\/?p=12156"},"modified":"2023-05-30T12:59:08","modified_gmt":"2023-05-30T18:59:08","slug":"calendario-de-implementacion-para-la-expedicion-de-los-documentos-equivalentes-generados-con-sistemas-p-o-s","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.prospectiva.com.mx\/?p=12156","title":{"rendered":"Calendario de implementaci\u00f3n para la expedici\u00f3n de los documentos equivalentes generados con sistemas P.O.S"},"content":{"rendered":"\n<p>El pasado 1 de julio la DIAN publico la Resoluci\u00f3n 1092 de 2022. En dicha resoluci\u00f3n\u00a0se establece el calendario para la exigibilidad del l\u00edmite m\u00e1ximo de UVT para la expedici\u00f3n del tiquete de m\u00e1quina registradora con sistema P.O.S.<\/p>\n\n\n\n<p>Los sujetos obligados a expedir factura de venta y\/o documento equivalente, que opten por expedir en sus operaciones de venta de bienes y\/o prestaci\u00f3n de servicios el documento equivalente denominado tiquete de m\u00e1quina registradora con sistema P.O.S. deber\u00e1n aplicar el l\u00edmite m\u00e1ximo de cinco (5) UVT, por cada documento sin incluir el importe de ning\u00fan impuesto, de acuerdo con el calendario que publicamos a continuaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El 1 de febrero de 2023 es la primera fecha de entrada en vigor del calendario que afecta a los grandes contribuyentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, en la reciente Ley Fiscal de 2022, se explica que las compras hechas por medios digitales y factura electr\u00f3nica tendr\u00e1n una deducci\u00f3n hasta del 1% de la base fiscal del adquirente o comprador, cumpliendo ciertos otros requisitos que en la misma ley se explican.<\/p>\n\n\n\n<p>En su conjunto, la resoluci\u00f3n establece el siguiente calendario para su implementaci\u00f3n dependiendo del tipo de contribuyente:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td><strong>Grupo<\/strong><\/td><td><strong>Fecha m\u00e1xima para aplicaci\u00f3n del l\u00edmite de 5 UVT<\/strong><\/td><td><strong>Calidad de los sujetos obligados a expedir factura de venta o documento equivalente<\/strong><\/td><\/tr><tr><td>1<\/td><td>1 de febrero de 2023<\/td><td>Grandes contribuyentes.<\/td><\/tr><tr><td>2<\/td><td>1 de abril de 2023<\/td><td>Declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios que no tengan la calidad de grandes contribuyentes.<\/td><\/tr><tr><td>3<\/td><td>1 de mayo de 2023<\/td><td>No declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios.<\/td><\/tr><tr><td>4<\/td><td>1 de junio de 2023<\/td><td>Dem\u00e1s sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas.<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"disposiciones\">Disposiciones de la Resoluci\u00f3n 1092 de julio 01 de 2022 DIAN<\/h2>\n\n\n\n<p>En su art\u00edculo 1 establece un monto m\u00e1ximo aplicable para la expedici\u00f3n del tiquete de m\u00e1quina registradora con sistema P.O.S. A partir de la entrada en vigor del calendario establecido en el art\u00edculo 2 de la presente resoluci\u00f3n, la expedici\u00f3n del documento equivalente tiquete de m\u00e1quina registradora con sistema P.O.S. no podr\u00e1 superar el monto m\u00e1ximo de cinco (5) UVT, sin incluir el importe de ning\u00fan impuesto, por cada operaci\u00f3n de venta y\/o prestaci\u00f3n de servicio.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo anterior, sin perjuicio de que el adquirente del bien y\/o del servicio exija la expedici\u00f3n de la factura electr\u00f3nica de venta, al respectivo sujeto obligado a expedir factura de venta y\/o documento equivalente.<\/p>\n\n\n\n<p>En los casos en que la operaci\u00f3n de venta y\/o prestaci\u00f3n de servicios supere las cinco (5) UVT, el sujeto obligado a facturar deber\u00e1 expedir la factura electr\u00f3nica de venta atendiendo las disposiciones especiales que regulan la materia.<\/p>\n\n\n\n<p>Cada primero de enero a partir del a\u00f1o gravable 2024, los sujetos obligados a expedir factura de venta y\/o documento equivalente que opten por expedir el documento equivalente denominado tiquete de m\u00e1quina registradora con sistema P.O.S., deber\u00e1n ajustar el valor de la UVT aplicable para cumplir con la limitaci\u00f3n de los cinco (5) UVT en la expedici\u00f3n de cada tiquete.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, en la reciente Ley Fiscal de 2022, se explica que las compras hechas por medios digitales y factura electr\u00f3nica tendr\u00e1n una deducci\u00f3n hasta del 1% de la base fiscal del adquirente o comprador, cumpliendo ciertos otros requisitos que en la misma ley se explican<mark style=\"background-color:rgba(0, 0, 0, 0)\" class=\"has-inline-color has-cyan-bluish-gray-color\">.<strong> <\/strong><\/mark><strong><mark style=\"background-color:rgba(0, 0, 0, 0)\" class=\"has-inline-color has-black-color\">De aqu\u00ed, que sea muy relevante contar con una\u00a0soluci\u00f3n que permite la generaci\u00f3n y entrega de factura por medios electr\u00f3nicos y a su vez estas se integren en el sistema contable de la empresa.<\/mark><\/strong><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"sistema\">\u00bfQu\u00e9 es el sistema P.O.S?<\/h2>\n\n\n\n<p>La pr\u00e1ctica totalidad de las empresas, sin importar sus dimensiones, tienen implementado alg\u00fan tipo de sistema de facturaci\u00f3n en el punto de venta, con mayor o menor complejidad y funcionalidades, que les permite automatizar y agilizar los procesos de pago en los puntos de venta f\u00edsicos. La implementaci\u00f3n de estas herramientas son necesarias ya que prestan un servicio indispensable para los usuarios y clientes que facilitan la compra de productos o servicios y por supuesto, para las empresas que obtienen una herramienta que les aporta seguridad, control y reducci\u00f3n de errores en la gesti\u00f3n de su contabilidad e ingresos.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, este tipo de sistemas, en sus niveles avanzados puede sincronizarse con los almacenes de las tiendas para optimizar la gesti\u00f3n de stocks, o utilizarse como eficaces sistemas de fidelizaci\u00f3n con los usuarios para implementar acciones de marketing a partir de los datos obtenidos por los usuarios en el momento de la compra.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"requisitos\">Requisitos de las\u00a0facturas electr\u00f3nicas de venta en sistema POS: Resoluci\u00f3n 0042 de 2020<\/h2>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Estar denominado expresamente como sistema P.O.S.<\/li>\n\n\n\n<li>Contener apellidos y nombre o raz\u00f3n social y N\u00famero de Identificaci\u00f3n Tributaria -NIT del vendedor o de quien presta el servicio.<\/li>\n\n\n\n<li>Discriminaci\u00f3n del impuesto sobre las ventas &#8211; IVA, el impuesto Nacional al Consumo y el Impuesta Nacional al Consumo de bolsas pl\u00e1sticas, seg\u00fan corresponda, por cada uno de los bienes vendidos y\/o servicios prestados.<\/li>\n\n\n\n<li>Llevar un n\u00famero que corresponda a un sistema de numeraci\u00f3n consecutiva, incluyendo el n\u00famero, rango y vigencia autorizada por la DIAN.<\/li>\n\n\n\n<li>Fecha y hora de expedici\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>Cantidad, unidad de medida, y descripci\u00f3n espec\u00edfica y c\u00f3digos que permitan la identificaci\u00f3n de los bienes vendidos y\/o servicios prestados.<\/li>\n\n\n\n<li>Valor total de la operaci\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li>Indicar la calidad del agente retenedor del Impuesto sobre las Ventas &#8211; IVA y autorretenedor en el impuesto sobre la Renta y Complementarios, de gran contribuyente o de contribuyentes del impuesto unificado bajo el r\u00e9gimen simple de tributaci\u00f3n &#8211; SIMPLE, seg\u00fan corresponda.<\/li>\n\n\n\n<li>Apellidos y nombre o raz\u00f3n social y N\u00famero de Identificaci\u00f3n Tributaria -NIT-, del fabricante del software y el nombre del software.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"fiscalidad\">\u00bfC\u00f3mo afecta la resoluci\u00f3n 1092 de la DIAN en la declaraci\u00f3n de impuestos?<\/h2>\n\n\n\n<p>La legislaci\u00f3n actual es clara en cuanto al documento equivalente o P.O.S, y explicita que no puede tener en cuenta para deducciones de la base gravable del comprador, si en cambio del vendedor.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, con la entrada en vigor de la nueva normativa que habilita la obligaci\u00f3n de expedici\u00f3n de factura electr\u00f3nica de venta en las compras superiores a 5 UVT, e incluso, un adquiriente podr\u00e1 solicitar la expedici\u00f3n de la factura electr\u00f3nica en aquellas compras inferiores a 5 UVT en lugar de un documento P.O.S.<\/p>\n\n\n\n<p>En definitiva, a partir de la nueva Resoluci\u00f3n 1092 de la DIAN los compradores si van a poder utilizar la factura electr\u00f3nica para deducciones en relaci\u00f3n con su base gravable. Adem\u00e1s, en la reciente Ley Fiscal de 2022, se explica que las compras hechas por medios digitales y factura electr\u00f3nica tendr\u00e1n una deducci\u00f3n hasta del 1% de la base fiscal del adquirente o comprador.<\/p>\n\n\n\n<p><em>En\u00a0<strong>#ProspectivaEnTecnolog\u00eda<\/strong>\u00a0hemos ayudado a diversas empresas a nivel LATAM, a enfrentar los retos que representa el contexto fiscal en cada pa\u00eds en los que opera\u00a0<strong>\u00bfTe interesa conocer m\u00e1s sobre nuestras soluciones fiscales para LATAM?<\/strong>\u00a0<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado 1 de julio la DIAN publico la Resoluci\u00f3n 1092 de 2022. En dicha resoluci\u00f3n\u00a0se establece el calendario para la exigibilidad del l\u00edmite m\u00e1ximo de UVT para la expedici\u00f3n del tiquete de m\u00e1quina registradora con sistema P.O.S. 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