Nuevos Obligados a Inscribirse en el RUC en Perú
La SUNAT ha extendido la lista de contribuyentes obligados a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC). A través de la Resolución de Superintendencia N° 130-2024/SUNAT, efectiva desde el 31 de julio de 2024, se establecen nuevos criterios que requieren la inscripción en el RUC para ciertos grupos:
- Propietarios de múltiples propiedades: Aquellos con 5 o más propiedades cuyo valor total exceda las 126 UIT.
- Propietarios de acciones significativas: Individuos con acciones en sociedades nacionales o internacionales superiores a las 100 UIT.
- Grandes consumidores: Personas que realicen compras anuales sujetas a percepciones de IGV que superen las 10 UIT.
- Inversionistas financieros: Sujetos con intereses de depósitos en cuentas bancarias que sumen más de 300 UIT.
Además, ciertas transacciones financieras y de seguros ahora requieren inscripción en el RUC, como solicitudes de créditos corporativos o contratación de SOAT para vehículos de categorías N2 y N3.
El plazo para inscribirse voluntariamente finaliza el 30 de septiembre de 2024, tras lo cual SUNAT podrá inscribir de oficio a los sujetos obligados. Este cambio busca mejorar la administración tributaria y asegurar un cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales.
Infórmate más sobre la inscripción al RUC aquí.
Servicio de Orientación y Facilitación de Información Automatizada de SUNAT
SUNAT no solo se enfoca en el cumplimiento tributario, sino también en facilitar el acceso a la información y mejorar la experiencia del contribuyente a través de servicios automatizados. Este servicio permite a los usuarios obtener orientación e información clave de manera eficiente y rápida, contribuyendo a una mejor gestión fiscal y menos errores en los procesos tributarios.
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